Servicios
El botón de emergencia que se lleva colgado al cuello o en la muñeca es, para muchas familias, la primera tranquilidad real: saber que, pase lo que pase, alguien va a responder. Te explicamos cómo se solicita y quién corre con el gasto.

La teleasistencia es un servicio que permite a la persona dependiente contactar de forma inmediata, pulsando un botón en un dispositivo que lleva encima (un colgante, una pulsera o un dispositivo fijo en casa), con una central de atención que funciona las 24 horas del día, los 365 días del año. Desde esa central se valora la situación y se activa la respuesta adecuada: tranquilizar y acompañar por teléfono, avisar a un familiar, o movilizar a los servicios de emergencia si es necesario.
En España conviven, en la práctica, dos formas distintas de acceder a la teleasistencia, y conviene no confundirlas:
Cuando se reconoce como parte del PIA, la teleasistencia se tramita igual que cualquier otro servicio del catálogo de dependencia: se decide junto con el trabajador social al elaborar el PIA, y puede reconocerse de forma independiente o combinada con otros servicios, como la ayuda a domicilio.
Muchos ayuntamientos ofrecen teleasistencia directamente a través de sus servicios sociales, dirigida sobre todo a personas mayores que viven solas o en situación de vulnerabilidad, sin exigir necesariamente tener reconocida la dependencia. Los requisitos concretos (edad mínima, situación de convivencia, empadronamiento) los fija cada ayuntamiento, así que conviene consultar directamente con los servicios sociales municipales si esta vía encaja en tu caso, especialmente mientras se resuelve el expediente de dependencia, que puede tardar meses.
El coste depende de la vía por la que se accede:
Antes de dar por hecho el coste, lo más fiable es consultar directamente con los servicios sociales de tu ayuntamiento o con quien gestione tu expediente de dependencia, ya que las condiciones cambian de un municipio a otro.
Si no quieres esperar a que se resuelva el expediente de dependencia, pregunta primero por la teleasistencia municipal: puede darte cobertura mientras se tramita el resto del proceso.
¿La teleasistencia sustituye a un cuidador?
No. Es un recurso de seguridad complementario que permite pedir ayuda ante una emergencia, pero no sustituye el cuidado, la supervisión ni la atención personal que pueda necesitar la persona dependiente en su día a día.
¿Puedo tener teleasistencia municipal y también la reconocida por dependencia?
Normalmente no son acumulables como dos servicios distintos pagados por separado para la misma necesidad; si ya tienes teleasistencia municipal, conviene comunicarlo al tramitar el PIA para evitar duplicidades.